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¿SI ME DESPIDEN Y NO ME ENTREGAN LA CARTA DE TÉRMINO DE CONTRATO?

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¿SI ME DESPIDEN Y NO ME ENTREGAN LA CARTA DE TÉRMINO DE CONTRATO?

Si al momento en que te despiden del trabajo, no te entregan la carta de término de contrato físicamente, es muy importante y urgente que dejes una CONSTANCIA LABORAL lo antes posible, señalando “Que te despidieron y no te entregaron la carta de despido”, entre otros antecedentes que deberás indicar, tales como, fecha del despido etc.  Esta medida de resguardo para el trabajador, es para el caso eventual que pueda incurrir tu empleador, astutamente puede dejar pasar varios días y después te despidan, por ejemplo, no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, lo que implicaría el no pago de las correspondientes indemnizaciones. Al judicializar una demanda por despido injustificado, estas constancias serán muy valiosas como medios de pruebas, además de otros documentos, que deberá solicitar su asesor jurídico.

En cuanto a las Formas de comunicar por escrito el despido al trabajador, puede ser de dos maneras, a elección del empleador, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio señalado en el contrato de trabajo.

Situaciones en que siempre es aconsejable dejar una constancia:

  • Cuando despiden a un trabajador, y el empleador informa que la carta de término de contrato llegará a su domicilio indicado en el contrato.
  • Si te despiden verbalmente.
  • Se comunica el despido al trabajador por correo electrónico, WhatsApp o teléfono etc.

¿Dónde se deja la constancia?

Esta la puedes hacer en la Dirección del Trabajo, ya sea presencialmente o través de su página web, además y como complemento, dejar otra constancia ante Carabineros de Chile, en la Comisaría Virtual o presencialmente.

¿Qué es una constancia laboral?

Permite a los trabajadores y trabajadoras dependientes dejar una constancia laboral ante la Dirección del Trabajo (DT) sobre hechos que puedan causar el despido o la aplicación de una sanción por parte del empleador o empleadora: maltrato, acoso laboral, incumplimiento del contrato, conductas inapropiadas, entre otros.

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